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VACANTES PARA EL PROCESO DE ASIMILACIÓN 2017 – PROMOCIÓN 2018
Referencia: Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 697-CGE/JEMGE/DIPERE del 13 Setiembre 2017.
Especialidades y vacantes aprobadas para el Proceso de Asimilación de personal
civil, militar o policial con título profesional universitario, Promoción 2018, de acuerdo al siguiente detalle:
Para el grado de TENIENTE: Cinco (05) vacantes
INGENIERÍA GEOGRÁFICA Y GEÓGRAFOS
INGENIERÍA TOPOGRÁFICA Y AGRIMENSURA
INGENIERÍA AMBIENTAL Y INGENIERÍA CARTOGRÁFICA
1. REQUISITOS PARA CONCURSAR
El Personal Civil, Militar o Policial con Título Profesional Universitario, para ser aceptado como postulante en el Proceso de Asimilación, deberá reunir los requisitos siguientes:
a) Ser peruano(a) de nacimiento o nacido(a) en el extranjero, siempre que haya sido inscrito(a) en el registro correspondiente durante su minoría de edad.
b) Tener una estatura mínima de:
Varones: 1.60 metros
Damas: 1.55 metros
c) Tener cumplidos como máximo al 31 de diciembre del año anterior al Proceso de Asimilación:
Para el Grado de Capitán Asimilado: hasta los 33 años de edad.
Para el Grado de Teniente Asimilado: hasta los 29 años de edad.
d) Tener Título Profesional Universitario expedido por una universidad del país reconocida por la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) o la Superintendencia Nacional de Educación (SUNEDU), y/o del extranjero debidamente apostillado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
e) Estar inscrito(a) en el Colegio Profesional correspondiente y debidamente habilitado(a).
f) Contar con un (01) año de Experiencia Profesional.
g) Encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles constitucionales (para el caso de personal civil).
h) No encontrarse inhabilitado(a) para ejercer Función Pública.
i) No tener sanciones de Arresto de Rigor ni haber sido sancionado con Arresto Simple por faltas graves o muy graves (para el caso de personal militar o policial).
j) No tener más de diez (10) días de Arresto Simple por faltas leves (sólo personal militar y policial).
k) No haber sido separado(a) de ninguna Institución o Centro de Formación Militar o Policial por medida disciplinaria, insuficiencia profesional o haber sido declarado No Apto(a) para la vida militar.
l) No registrar antecedentes penales y/o judiciales; no estar sometido a la Justicia en el Fuero Civil y/o Fuero Militar ni estar inmerso en Proceso de Investigación por el Sistema de Inspectoría de su respectiva Institución (para el caso de personal militar y policial).
m) Para el personal militar y policial en situación de Actividad, tener como mínimo los años de servicios reales y efectivos que dispone la Ley para pasar a la situación militar/policial de retiro “A su solicitud” (7 años de servicios reales y efectivos para personal de Técnicos y Sub Oficiales del Ejército) y contar con la respectiva autorización de su Comando Institucional